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Ministerio de Salud y Protección Social · Resolución 2063 de 2017
El Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la Resolución 2063 de 2017, adopta la Política Pública de Participación Social en Salud (PPSS), cuyo objetivo es promover la intervención de la comunidad en la organización, control, gestión y fiscalización de las instituciones del sistema de salud.
La participación social es el derecho de cada persona y de los colectivos a intervenir en las decisiones que afectan su bienestar; es decir, el derecho a decidir sobre qué es el derecho a la salud, cómo se realiza y cómo se cumple.
La participación social en salud es un derecho fundamental que permite a la ciudadanía intervenir en la toma de decisiones sobre la salud, la atención, el tratamiento, la planificación y la política. La E.S.E. Hospital San Vicente de Paúl de Remedios promueve la participación para mejorar la calidad de los servicios, fortalecer la transparencia y la corresponsabilidad en la gestión del sistema de salud.
Es el ejercicio de derechos y deberes del individuo, familia y comunidad para la conservación de la salud y la incidencia en la planeación, gestión, evaluación y veeduría de los servicios de salud, tanto de forma individual como colectiva.
Para contribuir de forma propositiva al fortalecimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud y garantizar la prestación efectiva y de calidad de los servicios, incidiendo en decisiones que afectan el bienestar.
Interacción de usuarios con servidores públicos y privados para mejorar la prestación del servicio de salud.
Personas afiliadas al SGSSS que se agrupan para velar por la calidad del servicio y la defensa de derechos ante IPS y EPS.
Espacio entre actores sociales del municipio/distrito y el Estado para incidir en la gestión en salud.
Instancia obligatoria en instituciones con hospitalización intramural. Integrado por directivos y representantes del talento humano y la comunidad.
Ejercicio ciudadano para vigilar la gestión pública, resultados, prestación de servicios y gestión financiera de actores del SGSSS.
Obligación de informar y explicar la gestión. Las EAPB, ESE e IPS públicas deben realizar al menos una audiencia pública anual, presentando indicadores en salud, gestión financiera, satisfacción de usuarios y administración.